Les ofrecemos respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre el Programa Lingüístico Bilingüe en idioma Inglés.
¿Qué es un Programa Lingüístico?
Los Programas Lingüísticos son aquellos proyectos de centros docentes de Educación Infantil y Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional sostenidos con fondos públicos que contemplan la enseñanza integrada de contenidos y de lenguas extranjeras, es decir, el uso de una lengua extranjera como lengua instrumental en el aprendizaje de las materias del currículo. Estas materias (Disciplinas No Lingüísticas del currículo) se deben impartir completamente en el idioma extranjero seleccionado por el centro. Las lenguas de estos Programas pueden ser: alemán, francés, inglés e italiano.
¿Cómo funciona nuestro Programa Bilingüe?
Nuestro Programa Bilingüe consiste en que al menos 3 de las asignaturas impartidas en un curso son totalmente en inglés. Por dicho motivo, el IES Condestable Álvaro de Luna posee un Programa Bilingüe con la categoría de ‘Excelencia’. En el curso 2017/2018 serán seis las materias distribuidas en las etapas de ESO y Bachillerato.
¿Quién puede incorporarse al Programa Bilingüe en 1º ESO?
Puede incorporarse al programa cualquier persona que lo solicite en la matrícula. Al alumnado que haya participado en dicho Programa Bilingüe durante la Educación Primaria hay que garantizarle su continuidad, si así lo solicita.
¿Pueden incorporarse al Programa Bilingüe nuevos alumnos en otros cursos?
Podrán incorporarse al Programa siempre que existan plazas vacantes y previo informe favorable del departamento de lengua extranjera sobre la idoneidad de dicha incorporación en función del nivel de competencia lingüística del interesado.
¿Puede depender la incorporación de mi hijo al programa bilingüe de una prueba de nivel?
Si un alumno desea incorporarse al programa desde 1º ESO es muy aconsejable que tenga un buen nivel de inglés. Para asegurarnos de ello, desde 2017, los Colegios de Primaria adscritos al IES Condestable Álvaro de Luna vienen realizando al finalizar 6º una prueba de nivel que NO es calificable NI vinculante, con el fin de verificar el grado de conocimiento que poseen los alumnos de nueva incorporación, asesorar adecuadamente a las familias y evitar el fracaso escolar de sus hijos en un futuro.
¿Mi hijo no va a aprender inglés si no está en la Sección Bilingüe?
FALSO. La asignatura de 1º Idioma Extranjero: Inglés es obligatoria para todos los alumnos, formen o no parte del Programa Bilingüe.
¿Cómo son los agrupamientos de los alumnos?
Los agrupamientos se realizan de forma equitativa y heterogénea, en función de las materias optativas escogidas, si bien de forma excepcional se puede solicitar una autorización para que dichos agrupamientos sean homogéneos durante un curso escolar en uno o varios grupos.
¿Cuántos grupos bilingües habrá en 1º ESO para el próximo curso?
Serán los necesarios para dar respuesta al alumnado proveniente de centros educativos que hayan estado desarrollando un programa lingüístico en 6º de Educación Primaria, y hayan manifestado en la matrícula su deseo de cursarlo, con el fin de garantizar la continuidad en el mismo.
¿Cómo son las calificaciones de las materias del Programa Bilingüe?
La calificación es exactamente igual al del resto de alumnos que no cursan el programa, siguiendo los criterios de evaluación y calificación que los diferentes departamentos del centro reflejan en sus Programaciones de Aula y que tienen a su disposición en la página web del centro.
¿Poseen alguna titulación especial los profesores que imparten la enseñanza bilingüe?
Sí, los profesores que imparten docencia en este programa tienen al menos la acreditación lingüística B2 en idioma inglés, teniendo algunos de ellos la C1.
¿Existe alguna coordinación entre los diferentes profesores del Programa Bilingüe?
Sí, existe la figura de un asesor lingüístico que, además de ser profesor de Inglés, se reúne semanalmente con los docentes de las Disciplinas No Lingüísticas (DNL) y coordina las acciones a llevar a cabo, además de asesorar y solventar cuantas dudas y problemas pudieran surgir.
¿Cuenta el Centro con la figura de un Auxiliar de Conversación nativo?
Nuestro centro ha contado durante varios cursos con Auxiliares de Conversación, si bien se depende siempre de la convocatoria anual que hace la Consejería de Educación, que es quien asigna dicho recurso. Para el curso 2017/18 sí contaremos con dicha figura.
¿Puede un alumno abandonar el programa lingüístico?
El alumno matriculado en el Programa Lingüístico deberá permanecer hasta la finalización de la etapa o ciclo formativo. No obstante, podrá abandonarlo una vez finalizado cada curso escolar, previa solicitud razonada de los padres o tutores, con el visto bueno del equipo de evaluación y la autorización del Director del Centro. Igualmente desde el Centro, a través de su equipo docente, se podrá decidir la no conveniencia de continuidad en el Programa de algún alumno, previa audiencia a la familia. Dicha decisión deberá ser tomada por mayoría de dos tercios de la junta de evaluación y comunicada al Servicio de Inspección Educativa.
Excepcionalmente, a criterio de la junta de evaluación, debidamente motivado, y cuando ésta entienda que la continuidad en el programa lingüístico puede poner en grave riesgo la evolución del alumno en la etapa, podrá proponer la salida del mismo en la primera evaluación, la cual se hará efectiva en el inicio del segundo trimestre.
En todo caso es muy recomendable seguir los criterios pedagógicos del equipo docente en lugar de pensar en intereses particulares.
¿Pero sólo aprenden en inglés, y nada en español?
Los contenidos que los alumnos ven en las asignaturas que se imparten en inglés son EXACTAMENTE LOS MISMOS que los que ven el resto de los alumnos que aprenden en castellano. Lo único que existe es un refuerzo en el vocabulario específico de cada asignatura, donde hay que aprenderlo tanto en inglés como en español, así como saber expresarse gramaticalmente y de manera correcta para utilizar dicha terminología. Se requiere, por tanto, un perfil de alumno constante en cuanto al trabajo diario se refiere.
¿Para qué seguir en el Programa en Bachillerato si la EvAU (PAEG) es en español?
¿Acaso los Colegios Privados dejan de ofertar el bilingüismo en dicha etapa? NO. Un alumno que ha estudiado los 4 años de ESO en el programa bilingüe ha llevado una trayectoria de unas 12-15 horas en inglés por semana. Si lo deja, sólo va a tener las 3 horas de la asignatura de inglés a la semana, lo que supone un descenso drástico en el trabajo de las diferentes competencias en dicho idioma. Por tanto, es muy recomendada la continuidad.
Además, en cuanto a 2º de Bachillerato, siempre se ha intentado ofrecer asignaturas optativas, de las que los alumnos finalmente no optan a presentarse en Selectividad y, en caso de que lo hicieran, el profesorado ha estado completamente dispuesto a ofrecer toda la ayuda necesaria para que puedan realizar la prueba en español sin ningún tipo de problema.
Es cierto, que la oferta de tantas materias optativas dificulta la creación de los grupos, pero siempre se ha hecho todo lo posible por el interés general del alumnado.
Quiero que mi hijo esté en el Programa Bilingüe porque es de los que se portan bien.
El comportamiento no es un criterio objetivo para que un alumno pueda o no participar en el programa. Les podemos asegurar CON DATOS que los problemas de disciplina no desaparecen en los grupos bilingües. De nada sirve que un alumno esté matriculado en el programa si su nivel de inglés le va a impedir seguir las materias bilingües con normalidad.
¿Por qué normativa se rige la enseñanza bilingüe?
Además de las instrucciones anuales a los centros, la enseñanza bilingüe se rige por:
- ORDEN DE 16/06/2014, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (DOCM 20/06/2014), por la que se regulan los programas lingüísticos de los centros de Educación Infantil y Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional sostenidos con fondos públicos de Castilla- La Mancha.
- DECRETO 7/2014, DE 22/01/2014 (DOCM 27/01/2014), por el que se regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en Castilla- La Mancha.
- ORDEN DE 14/10/2016, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (DOCM 21/10/2016), por la que se relacionan las titulaciones y certificaciones que, con referencia a los niveles que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, acreditan el conocimiento de idiomas en el ámbito de competencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- INSTRUCCIONES DE 12/06/2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS, ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y FORMACIÓN PROFESIONAL RELATIVAS A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PROGRAMAS LINGÜÍSTICOS EN CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL CURSO 2017/2018.